jueves, 16 de julio de 2009

CONTEXTO NACIONAL

DERECHOS Y DEBERES DE LOS CIUDADANOS
Derecho:
Pero como definición universal es el conjunto de normas jurídicas positivas que surge de la sociedad como un producto cultural generado dentro de
leyes y que tienen la finalidad de regular las relaciones entre los miembros de esa sociedad (las personas) y de estos con
el Estado.
Deber:
Hace alusión a estar obligado a algo por la ley divina, natural o positiva así como aquella con obligación de respeto, gratitud u otros motivos con alguien.
Estos se dividen en tres grupos:
-Derechos Fundamentales o de Primera
Generación
La Constitución de 1991 consagró, en los artículos 11 a 41, los derechos fundamentales que celebran las libertades e igualdades individuales a las cuales los colombianos tienen derecho desde el momento de su nacimiento.
Estos derechos individuales pueden sintetizarse así:
Derecho a la vida el cual se establece como inviolable, por tanto se reconoce que nadie será sometido a desaparición forzada o a torturas.
Derecho a la libertad de cultos, expresión, creencias, aprendizaje y movilidad espacial.
Se prohíbe la aplicación de modelos esclavistas y autoritarios. La intimidad personal y familiar, cobra un valor significativo en la Constitución, al ser el Estado el encargado de hacerla respetar. De otra parte, la Constitución garantiza El derecho de libre asociación, agremiación, reunión y sindicalización para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad. Por tanto, los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones sin intervención del Estado.
- Derechos económicos, sociales y
culturales o de segunda generación
Los derechos sociales, económicos y culturales, consagrados en los artículos 42 a 77, hacen referencia a los conceptos de calidad de vida y satisfacción de las necesidades básicas. Allí, además, se deja claro que la mujer tiene igualdad de derechos con el hombre, y que por tanto, no podrá ser somet ida a ninguna clase de discriminación.
En cuanto a la salud, la Constitución, junto al sector privado, propone ampliar la cobertura de la seguridad social que comprende la prestación de
los servicios médicos.
Derecho a una vivienda digna, Derecho a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre, Derecho de huelga, derecho a la propiedad privada, Derecho a la educación libertad de prensa y el derecho de acceder a los documentos públicos.
-Derechos colectivos y del ambiente o de tercera generación

Estado colombiano planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos
Naturales.


Protección y aplicación de los derechos
Los artículos 83 a 94 están destinados a dar continuidad y efectividad a todos los derechos anteriormente mencionados. Para ello, se disponen mecanismos legales a los cuales, los colombianos podrán acudir, cada vez que sea violado cualquiera de sus derechos.

De los deberes y obligaciones
todos los colombianos están en la obligación de respetar las leyes
El respeto a los demás y a las autoridades El principio de solidaridad social.
La defensa de los derechos humanos.
La colaboración para el buen funcionamiento de la administración de
justicia.
La conservación del medio ambiente.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS TRABAJADORES
En 1995, la Cumbre Mundial de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Social, celebrada en Copenhague, acordó una serie de compromisos que definieron un nuevo campo de acción.
El tercer compromiso de la Cumbre afirma que el pleno empleo es una prioridad básica de las políticas económicas y sociales.
Además, los delegados acordaron proteger los derechos básicos de los trabajadores y, con ese fin, promover "la observancia de los convenios pertinentes de la Organización Internacional del Trabajo, incluidos los que tratan de la prohibición del trabajo forzoso y el trabajo infantil, la libertad de asociación, el derecho de sindicación y de negociación colectiva y el principio de la no discriminación”.
La Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo tiene por objeto lograr que el progreso social vaya a la par con el progreso económico y el desarrollo.
Es un instrumento promocional mediante el cual los mandantes de la OIT - gobiernos, empleadores y trabajadores - reafirman los principios fundamentales consagrados en la Constitución de la Organización.
Considerando que la creación de la OIT procedía de la convicción de que la justicia social es esencial para garantizar una paz universal y permanente; considerando que el crecimiento económico es esencial, pero no suficiente, para asegurar la equidad, el progreso social y la erradicación de la pobreza, lo que confirma la necesidad de que la OIT promueva políticas sociales sólidas, la justicia e instituciones democráticas.
El objetivo del seguimiento de la declaración es alentar los esfuerzos desplegados por los Miembros de la Organización con vistas a promover los principios y derechos fundamentales consagrados en la Constitución de la OIT y la Declaración de Filadelfia, que la Declaración reitera.

SEGURIDAD SOCIAL

PLANILLA INTEGRADA DE LIQUIDACION DE APORTES
(PILA)


La planilla integrada o planilla unificada es un mecanismo para que una empresa o una portante pueda, atreves de un solo pago realizar todos los aportes a las diferentes administradoras de seguridad social tales como fondo de pensiones(AFP), entidades de salud(EPS) y riesgos profesionales(ARP) y así mismo realizar aportes al Sena, ICBF y cajas de compensación familiar, atreves de los operadores de información que son entidades que facilitan mediante servicios en línea o asistencia telefónica, la creación y envió de la planilla integrada electrónica la cual es remitida con sus pagos a las diferentes administradoras.
La planilla única de pagos permite garantizar que en las empresas, tanto empleadores como trabajadores, realicen sus aportes que por Ley les corresponde, tanto a la Seguridad Social como los aportes Parafiscales.
Trabajadores independientes
Gracias a la implementación de la planilla única, los trabajadores independientes de acuerdo a el IBC podrán realizar el aportes a Salud y Pensión en un solo proceso Una vez usted se identifica como trabajador independiente en la planilla, el sistema electrónico debe permitirle cancelar exclusivamente la salud y la pensión

2. Colombianos en el Exterior
Los colombianos que se encuentren fuera del país, no tienen la obligación de cotizar ni a la Seguridad Social en Salud ni al Sistema General de Pensiones, si por decisión propia desean permanecer en el régimen contributivo podrá acceder a chequeos médicos y tratamientos en caso de necesitarlos pero al regresar al país deberán hacer sus aportes como trabajador independiente.
3. Empresas- Microempresas
Sin importar el tipo de negocio, ni si se trate de una compañía unipersonal, todas las empresas deben sumar a las cotizaciones en salud y pensión de sus trabajadores, los aportes parafiscales a las cajas de compensación, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y el Sena.
4 Servicio Doméstico
Los aportes que se realizan para el pago de la seguridad social de los empleados del servicio doméstico, deben estar dirigidos a salud, pensión y riesgos profesionales de manera obligatoria, la ley no exige el pago de contribuciones parafiscales ( Ver documentos de apoyo “Aclaraciones a las resoluciones 0634 y 1317 de 2006)
Procedimiento para el registro y pago a través de PILA
Par realizar los pagos por este sistema, el aportarte deberá tener un acceso seguro a Internet y una cuenta en una Entidad Bancaria. De esta manera, el primer paso a seguir es matricularse con un Operador de Información y hacer un registro de los datos de la empresa y sus trabajadores.
Para los a portantes que no tienen acceso a Internet, los Operadores de información tienen un mecanismo alternativo llamado Planilla Asistida, una modalidad de pago unificado creada para Empleadores con menos de 20 trabajadores y Trabajadores Independientes, que permite al a portarte matricularse y reportar al operador de información telefónicamente
• Inscripción ante un operador de Información
Se cuenta con 21 operadores a Nivel Nacional habilitados para prestar este servicio. Las personas o empresas deben identificar el operador quienes les brindará las orientaciones sobre cada etapa del proceso y permitir el registro de la aplicación básica del aporte, asignación de las claves y niveles de acceso.
Procedimiento para el registro y pago a través de PILA
La planilla puede ser electrónica o asistida, cuando se utiliza la estrategia de planilla asistida, se contará con asesoría por teléfono o personal de un asesor quien apoyará el proceso de diligenciamiento y dudas que se presenten.
Sistema General de Seguridad en Salud


Beneficios de la Implementación de PILA

El objetivo de la implementación de la Planilla única, esta dirigida a facilitar el trámite mensual de los aportantes, ya que evitará el diligenciamiento de un formulario para cada administradora y un proceso de pago individual, para reemplazarlos por el diligenciamiento de una planilla electrónica que le permite el pago integrado.
Principios Trabajadores Independientes
El ingreso base de cotización “IBC” podrá ser modificado según situación económica del trabajador independiente, y
podrá hacer variaciones en cualquier momento y ser reportado a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA, permitiendo la posibilidad al trabajador independiente de ajustar su ingreso de acuerdo a las situaciones económicas que aminoran su ingreso y por consiguiente su capacidad de pago.
Base de cotización
La base de cotización de los trabajadores independientes no será inferior a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni superior a 25 veces dicho salario.
Para el monto de la cotización se tendrá en cuenta la tabla de pago de cotizaciones y no podrá ser inferior al 0.348%, (en riesgo I) ni superior al 8.7% (riesgo V) de su ingreso base de la cotización que corresponde al 40% del valor neto de los honorarios o remuneración pactada.

OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES PARA LA AFILIACIÓN AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL.

Los empleadores tienen la potestad de dirigir y organizar la producción de bienes o servicios, y a su vez el deber de protección de la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
Cualquier organización que realice algún tipo de actividad económica se obliga a formar legalmente una sociedad; todos los empleados, trabajadores independientes (con ingresos totales mensuales superiores a un (1) salario mínimo) y los pensionados, deben estar afiliados al Régimen Contributivo. A su vez el empleador tiene como deber: Aportar un porcentaje de la prima, salud, pensiones, de acuerdo al salario de cada empleado. Y la totalidad de riesgos profesionales.
Todo empleador que atente en cualquier forma contra el derecho del trabajador a su afiliación, y seguridad social se someterá a recibir una multa que no podrá ser inferior a un salario mínimo mensual vigente ni exceder cincuenta veces dicho salario.
Al sistema general de riesgos profesionales están afiliados en forma obligatoria:
• Todos los trabajadores dependientes vinculados mediante contrato de trabajo.
• Los pensionados que se incorporen a la fuerza laboral como trabajadores independiente.
Objetivo del Sistema General de Riesgos Profesionales:

1. Establecer las actividades de promoción y prevención inclinadas a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora.
2. Fijar, reconocer y pagar las prestaciones económicas por incapacidad temporal a que haya lugar frente al accidente de trabajo y enfermedad profesional.
4. Fortalecer las actividades dadas a establecer el origen de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales y el control de los agentes de riesgo ocupacionales.
Para que el empleador pueda acceder al pago de seguridad social es necesario que tenga constituida legalmente una empresa, para esto es necesario realizar los siguientes pasos:
1. Dirigirse a la cámara de comercio con un formulario diligenciado que contenga el nombre y lo que se va dedicar la empresa.
2. Elaborar la minuta., con los datos de la sociedad a formar
3. Dirigirse la notaria y realizar el pago correspondiente de impuestos.
4. Adquirir y diligenciar el formulario de matricula mercantil.
5. Registrar lo libros de comercio.
6. Obtener el Rut.
7. Afiliación a régimen de seguridad social.
8. Afiliación a ARP
9. Afiliación a régimen de pensión.
10. Adquirir formulario en la caja de compensación para afiliación a parafiscales

Aspectos Generales del Sistema de Seguridad Social
La Seguridad Social es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos, de que disponen la persona y la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento progresivo de los planes y programas que el Estado y la sociedad desarrollen.
El sistema comprende las obligaciones del Estado y la sociedad, las instituciones y los recursos destinados a garantizar la cobertura de las prestaciones de carácter económico, de salud y servicios complementarios.
Características del Sistema de Seguridad Social
Para lograr la mayor cobertura, el Sistema de Seguridad Social establece distintos grupos de afiliados. El primero, el de los contribuyentes, aplicable para el Sistema de Pensiones, Salud y Riesgos Profesionales. Segundo, el Régimen Subsidiado, aplicable para el sistema de pensiones
El Estado garantiza a todos los habitantes del territorio nacional, el derecho irrenunciable a la seguridad social.
Este servicio será prestado por el Sistema de Seguridad Social Integral, términos establecidos por la ley 100 de 1993.
El Sistema de Seguridad Social esta conformado por:
1. Sistema de Seguridad Social en Salud
2. Sistema General de Pensiones
3. Sistema General de Riesgos Profesionales
Sistema General de Seguridad Social en Salud
Podemos definir el aseguramiento en salud como el proceso por el cual las entidades aseguradoras del sistema promueven y ejecutan la afiliación, organizan el libre acceso a los servicios y recaudan las cotizaciones obligatorias los principales actores serian las EPS , ARS, ESS ,así como las aseguradoras de Riesgos profesionales entre otras. Y de hecho la red de prestadores como IPS, ES, entre otras.
Sistema General de Seguridad Social en Salud
Regímenes:
Pertenecen al Régimen Contributivo las personas que reciben rentas, salarios o cualquier otra retribución como contraprestación de sus servicios, suficientes para cubrir las cotizaciones al sistema.
El segundo grupo, el Subsidiado, está conformado por aquellas personas que no tienen capacidad económica suficiente para cubrir las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social frente a ese impedimento, el Estado, en ejercicio del principio rector de la solidaridad, contribuye parcialmente con la cotización.
Sistema General de Pensiones
El objeto del Sistema General de Pensiones es garantizar a la población el amparo contra las contingencias derivadas de la vejes, invalidez o muerte, mediante el reconocimiento de una pensión y prestaciones determinadas de la ley.
La afiliación al Sistema General de Pensiones, se obliga a
o Todas las personas vinculadas mediante contrato de trabajo.
o Los servicios públicos
o Las personas naturales que presten directamente servicios bajo la modalidad de Contratos de Prestación de Servicios
o Los trabajadores independientes
o Los grupos de población que por sus características o condiciones socioeconómicas sean elegidos para ser beneficiarios de subsidios a través del Fondo de Solidaridad Pensional
Los servidores públicos que ingresen a Ecopetrol vigencia de la Ley a partir de la 707 de 2003
El Sistema General de Pensiones, se conforma por 2 regímenes solidarios:
o Régimen Solidario de Prima Media con Prestaciones definida: Este es Administrado por el Instituto de los seguros sociales ( ISS)
o Régimen de ahorro Individual con Solidaridad: Administrados por Fondos Privados.
Sistema General de Riesgos Profesionales
El Sistema General de Riesgos Profesionales, es el conjunto de normas, entidades y procedimientos destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores, de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrir con ocasión o como consecuencia del trabajo.
Afiliación Voluntaria al Sistema de Riesgos Profesionales:
o Los trabajadores independientes cuya afiliación se puede hacer solamente a través de la empresa contratante, agremiaciones o asociaciones.


Las prestaciones legales son:
Prima de servicios: Equivalente a 15 días de salario por el tiempo laborado durante el semestre
Vacaciones Las vacaciones consisten en el descanso remunerado que debe el empleador al trabajador equivalente a 15 días hábiles de vacaciones por cada año de servicio.
Auxilio de cesantía: Este beneficio tiene como fin brindarle al trabajador un medio de subsistencia a la terminación del contrato de trabajo. El empleador liquida las cesantías el 31 de diciembre de cada año y las deposita a más tardar el 14 de febrero del siguiente año en las cuentas individuales de cada trabajador.
Intereses de cesantía: En enero de cada año, el empleador debe pagar directamente al trabajador intereses sobre las cesantías a una tasa del 12% anual.
Subsidio familiar: Todas las empresas deben inscribirse en una caja de compensación familiar. Esta inscripción otorga al trabajador el derecho a obtener subsidios en efectivo para sus hijos menores de edad, así como servicios de capacitación, vivienda y recreación.
Subsidio de transporte: Los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales tienen derecho al pago del auxilio de transporte fijado por el Gobierno Nacional. Para 2009, el valor del auxilio es de $ 59.300 mensual.

escrito por:
Fabio Angulo
Nathaly Garcia
Diana Beltran
Claudia donado
Katherin Viancha


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